Con la llegada de la PANDEMIA, nos vimos obligados a realizar nuestras labores desde el hogar y ello abrió una necesidad de regular dichas modalidades, ahora en Colombia existe, desde el 2008, la modalidad del TELETRABAJO, pero no es lo mismo que el TRABAJO EN CASA o la nueva modalidad de TRABAJO REMOTO recientemente creada mediante la Ley 2121 de 2021.
Debe entenderse que las tres formas de trabajo ya mencionadas hacen referencia a prestar el servicio en un lugar distinto a las instalaciones u oficinas del empleador, pero para cada una de ellas se adecuan a actividades distintas y ello dependerá de la necesidad de la empresa y obviamente del trabajador.
Siendo, así las cosas, veamos que significa el TELETRABAJO, TRABAJO EN CASA Y EL TRABAJO REMOTO, todas modalidades validas de contratación en Colombia.
Respecto de las Forma de ejecución del contrato: